Se somete a evaluación de impacto ambiental el telecabina de benasque a cerler

BOA
Fecha de disposición: 28/07/06
Fecha de Publicacion: 9/08/06
Organo emisor: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

Titulo: RESOLUCION de 28 de julio de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se resuelve someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto de telecabina bicable Benasque Cerler (Huesca), promovido por el Ayuntamiento de Benasque.

El Ayuntamiento de Benasque ha presentado en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental en Zaragoza el documento Memoria Ambiental del proyecto de telecabina bicable Benasque – Cerler(Huesca).

Según establece la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, aquellos proyectos incluidos en su Anexo II [Grupo 9 Otros proyectos. g) Pistas de esquí, remontes y teleféricos y construcciones asociadas (proyectos no incluidos en el anexo I), sólo deberán someterse a dicho procedimiento cuando así lo decida el órgano ambiental, en función de la valoración motivada y pública establecida con relación a los criterios del Anexo III de dicha normativa (1. Características de los proyectos; 2. Ubicación de los proyectos; 3. Características del potencial impacto) Se comunicó un borrador de la presente Resolución al Ayuntamiento de Benasque y éste no manifestó objeciones al mismo.

Considerando el contenido de la información aportada en relación con el proyecto y teniendo en cuenta los criterios de valoración relacionados en el Anexo III de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, se establecen las siguientes consideraciones:

Tipo de proyecto
El proyecto consiste en emplazar un telecabina bicable que permita unir el núcleo urbano de Benasque con la Estación de esquí de Cerler, en la zona conocida como El Molino.

El sistema bicable es una instalación compuesta por un cable portador fijo anclado a las estaciones terminales y pilonas que hace las funciones de guía, y otro cable, tractor, que transmite el movimiento a los vehículos, al cual se encuentran acoplados gracias a un sistema de enganche, el paso del cable por las pilonas se realiza con un sistema de poleas. La línea, con dos estaciones, estará formada por 4 pilonas de celosía equipadas con balancines de rodillos para cable tractor y guías de deslizamiento para el cable portador.

El transporte de pasajeros se hace por medio de un determinado número de cabinas. Estas van sujetas al cable mediante una «pinza» que permite su acoplamiento/desacoplamiento del cable al paso por cada estación, de esta manera la cabina se desacelera en las estaciones permitiendo el embarque y desembarque de los pasajeros.

Al salir de la estación el vehículo es acelerado hasta alcanzar la velocidad del cable tractor de 6-7 m/s. Las cabinas tienen una capacidad de 16 personas y cuando no se usen pueden estar guardadas en un garaje a tal efecto. La instalación dispondrá de 50 cabinas lo que le dota de una capacidad de 4.000 personas/hora en ambos sentidos, dos motores eléctricos soterrados, y además dispondrá de un motor diesel para situaciones de emergencia.

Ubicación
La zona de actuación se sitúa íntegramente en el término municipal de Benasque. El trazado propuesto tendrá un desnivel de 375 metros entre las cotas 1.130 m y 1.505 m. y una longitud de unos 2150 metros.

El área donde se llevará a cabo el proyecto no está incluida en ninguno de los espacios pertenecientes a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Aragón, pero si que esta dentro del Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural Posets-Maladeta, e incluido parcialmente en la zonificación propuesta como Area Natural Singular del «Alto de Esera».

Asimismo, se afecta al Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), «Río Esera» ES2410046 ya que la traza propuesta está parcialmente dentro y a hábitats «Prados de siega atlántico-centroeuropeos» (Cod.UE 6510) de la Directiva 92/43/CEE, incluidos en el mismo. No se afecta directamente a ninguna Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), no obstante la más cercana «Posets – Maladeta» se encuentra a 1,3 km de distancia. El proyecto se encuentra incluido en el ámbito de aplicación del Plan de Recuperación del Hábitat del Quebrantahuesos (Gypaetus barbatus), aprobado por Decreto 45/2003, de 25 de febrero, de la Diputación General de Aragón, estando la totalidad de la traza del telecabina ubicado en área critica para la especie.

En lo que respecta a flora de interés, el proyecto se encuentra en zona de distribución del Androsace pyrenaica, especie catalogada en peligros de extinción, dentro del Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón (Decreto 45/1995, de 28 de marzo, de la D.G.A.) Además, el telecabina se sitúa a menos de 1 Kilómetro de zona de nidificación del Urogallo (Tetrao urogallus), especie catalogada como sensible a la alteración de su hábitat, en el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón.

No se afecta a ninguna zona húmeda catalogada dentro del convenio RAMSAR, se atraviesa perpendicularmente el río Remascaro en la parte final del trazado.

La zona donde se localiza el proyecto, se encuentra dentro del Monte de Utilidad Pública Nº 30 (CUP) El trazado no afectará a ninguna vía pecuaria identificada.

Potenciales impactos
Considerando el tamaño medio del proyecto, su ubicación en una zona de alto valor ambiental, puesto que se ha incluido, dentro del Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural Posets-Maladeta, zonificada como Area Natural Singular «Alto de Esera», que afecta al Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), «Río Esera» incluido en la red Natura 2000, y que se encuentra en un Monte de Utilidad Pública, denominado M.U.P. Nº 30; además, de la consideración de la zona como un área de interés ornitológico, incluida en el ámbito de aplicación del Plan de Recuperación del Hábitat del Quebrantahuesos (Gypaetus barbatus), aprobado por Decreto 45/2003, de 25 de febrero, de la Diputación General de Aragón, estando la totalidad del telecabina en área critica para la especie; estando en zona de distribución de Urogallo (Tetrao urogallus), especie sensible a la alteración de su hábitat según el Catalogo de especies amenazadas de Aragón (Decreto 49/1995, 28 de marzo, modificado por la Orden de 4 de marzo de 2004) y próxima a una zona de nidificación, teniendo en cuenta que el proyecto se encuentra en zona de distribución del Androsace pyrenaica, especie de flora catalogada en peligro de extinción, dentro del Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, se puede concluir que resulta necesario considerar alternativas de proyecto, valorar de forma detallada los potenciales impactos derivados de las acciones proyecto, y establecer con mayor definición las medidas protectoras, correctoras y de vigilancia que garanticen la protección de los elementos y procesos ambientales del medio afectado.

Visto el expediente administrativo incoado, la propuesta formulada y los criterios establecidos en el Anexo III de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, se resuelve someter el Proyecto de telecabina bicable Benasque – Cerler (Huesca), promovido por el Ayuntamiento de Benasque, al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, por observarse en el mismo los criterios de selección previa establecidos en el Anexo III de la mencionada normativa,

De acuerdo con las competencias atribuidas al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental en la Ley 23/2003, de 23 de diciembre, y en su modificación en la Ley 8/2004, de 20 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, y para el cumplimiento de lo señalado en el artículo el artículo 1.2 de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, la presente Resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza a 28 de julio de 2006.

El Director del instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

CARLOS ONTAÑON CARRERA

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