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Desaparece así un impuesto que nunca se ha llegado a recaudar y que estimaba ingresos a las arcas públicas de entre 1,5 y 2 millones de euros
El impuesto mediambiental sobre las instalaciones de transporte por cable se creó en 2005 para gravar el uso de monte público por los remontes de las estaciones de esquí. Las Cortes acaban de aprobar su eliminación definitiva tras una legislatura en la que ha estado en suspenso. El Gobierno PSOE-CHA lo recuperó tras la anulación del gobierno del PP Luisa Fernanda Rudi. Las propias estaciones y las empresas del sector turístico en sus zonas de influencia valoran de forma de forma “positiva” y con “alivio” que las Cortes hayan aprobado suprimir este impuesto que nunca se había llegado a aplicar pero que “amenazaba” la cuenta de explotación de las estaciones.
Es lo que dice Luis Terrén, presidente de la Asociación Turística del Valle del Aragón. El ATVA representa los intereses conjuntos de empresas y ayuntamientos de la zona. A esta asociación pertenecen también las estaciones de esquí de Astún y Candanchú. Terrén explica que el hecho de que el impuesto estuviera en suspenso “no daba mucha tranquilidad porque en cualquier momento se podía recuperar e incluso reclamar años anteriores”. Esta anulación definitiva es lo que ya da “tranquilidad”, explica Terrén.
Para el alcalde de Villanúa y presidente de esta asociación las empresas propietarias de las estaciones se enfrentan a cuentas de explotación con muchos gastos. “En las temporadas buenas es probablemente un negocio aceptable pero en las malas son pérdidas constantes”, por ello auguraba una afección directa entre el impuesto y la pérdida de inversiones y puestos de trabajo.
De cara a futuro Luis Terrén habla de la necesidad de una apuesta clara por el sector. “Cada vez tiene más competencia a nivel nacional e internacional y tenemos que apostar por ello”. Recuerda que este año se ha visto hasta qué punto afecta la temporada de nieve al empleo, con unos 400 empleos menos en el valle el pasado mes de diciembre respecto al mismo mes del año anterior. Son los números que contabilizaba el presidente de esta asociación a comienzos de año. A su juicio, el sector necesita nuevas inversiones que deberían comenzar por la unión física de las estaciones.
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El Gobierno de Aragón detalla en su página web los supuestos y cantidades que reclamaba el llamado impuesto del cable
El Impuesto Medioambiental sobre las instalaciones de transporte por cable tiene por objeto gravar la concreta capacidad económica que se manifiesta en determinadas actividades desarrolladas mediante la utilización de las instalaciones o elementos de dichos sistemas de transporte de personas, mercancías y bienes, como consecuencia de su incidencia negativa en el entorno natural, territorial y paisajístico de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuando estén afectos a los siguientes usos:
a) Transporte de personas en las instalaciones por cable que se encuentren situadas en el medio natural propio de las áreas de montaña.
b) Transporte de mercancías o materiales en las instalaciones de remonte utilizadas en el medio forestal.
Constituyen la base imponible del impuesto las siguientes unidades contaminantes de medida del daño medioambiental:
1ª El número y longitud de las instalaciones de transporte por cable de personas.
2ª El número y longitud de las instalaciones de transporte por cable de mercancías o materiales.
La cuota tributaria del impuesto se obtiene de aplicar a la base imponible los siguientes tipos de gravamen:
1º Transporte de personas en las instalaciones de teleféricos y remonta-pendiente:
a) Por cada transporte por cable colectivo instalado: 5.040 euros.
b) Por cada transporte por cable individual instalado: 4.560 euros.
c) Por cada metro de longitud del transporte por cable de personas. 12 euros.
A la cuota obtenida conforme al punto 1º, anterior se le aplicará, en función de la longitud total por estación expresada en kilómetros de las pistas de esquí alpino a las que se encuentren afectas las instalaciones, el coeficiente que corresponda entre los siguientes:
a) Hasta 20 km/pista: 1
b) De 20 a 40 km: 1,25
c) Más de 40 km: 1,5
2º Transporte de mercancías o materiales en las instalaciones de remonte utilizadas en el medio forestal. Por cada metro de longitud del transporte por cable de mercancías: 10 euros.