1) Rechazo de la “Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para la Ley de Protección de la Alta Montaña de Aragón” sin ningún tipo de debate en el Pleno de las Cortes de Aragón.
La Iniciativa Legislativa Popular (LEY 7/1984, de 27 de diciembre, reguladora de la iniciativa legislativa popular ante las Cortes de Aragón) responde a la necesidad de fomentar la participación directa de los ciudadanos y grupos sociales en la vida pública y política de la sociedad de acuerdo con el Estatuto de Autonomía de Aragón (Art. 15.3) y la propia Constitución española (Art.87.3). Se trata pues de un derecho fundamental de la ciudadanía plenamente reconocido por las más altas instancias legislativas autonómicas y estatales.
El pasado día 15 de Diciembre la “Iniciativa Legislativa Popular por una Ley de Protección de la Alta Montaña de Aragón” fue rechazada, sin ningún tipo de debate, en el trámite parlamentario de su toma en consideración. La ley aragonesa que regula las ILP´s establece que se pueden presentar enmiendas al texto por parte de los grupos políticos, pero prohíbe de forma expresa las “enmiendas de devolución”. (Art. 12.2 de la Ley 27-12-84 que regula la ILP ante las Cortes de Aragón)
Lo acontecido el pasado día 15 supone de hecho el rechazo frontal de la totalidad de la propuesta de Ley a pesar de que se ha seguido escrupulosamente todos los trámites legales exigidos en la ley.
En primer lugar la ILP ha superado el trámite de “admisibilidad de proposición por la Mesa de las Cortes de Aragón (Artículos 4 y 5 de la Ley 27-12-84 que regula la ILP ante las Cortes de Aragón). La normativa cita expresamente que el objeto de esta primera fase es precisamente “procurar que el esfuerzo de la Comisión Promotora no resulte de antemano baldío y, en consecuencia, que el texto inicie su andadura de una manera adecuada, tanto desde el punto de vista técnico como legal”. De acuerdo pues con la normativa, no hay en el Proyecto de Ley ninguna incompatibilidad con otras leyes, ni incurre en contradicción con legislación básica estatal, ni existía previamente otro proyecto de ley que verse sobre la misma materia. Se reconoce que se trata de un Proyecto de Ley pertinente, adecuado y publicado así correspondientemente en el BOA.
En segundo lugar , mediante un largo y esforzado proceso que contiene todas las garantías legales necesarias, se han recogido las suficientes firmas que avalan el Proyecto de Ley y permiten su tramitación en las Cortes de Aragón (Artículos 6-11 de la Ley 27-12-84 que regula la ILP ante las Cortes de Aragón).
Finalmente en su tercera y última fase, el pasado día 15 de Diciembre se presenta en el Pleno de las Cortes Aragonesas el proyecto de Ley de Protección de la Alta Montaña de Aragón” firmado por 30000 aragoneses (Artículo 13 de la Ley 27-12-84 que regula la ILP ante las Cortes de Aragón). Dicho texto, presentado tras un honrado, legal y popular proceso, puede ser modificado libremente en el Parlamento y posteriormente votado en un sentido u otro, pero creemos sinceramente que no puede dejar de debatirse.
Esa es la opción que tomaron los partidos que votaron en contra de la admisión a trámite de la ILP: negarse a debatir y enmendar una propuesta ciudadana honrada y legal precisamente en el lugar donde el debate, estudio, mejora y reforma de los proyectos debe realizarse. Precisamente en el lugar donde el respeto democrático debe ser la guía fundamental de actuación.
Creemos que se ha hurtado a la ciudadanía un debate necesario, solicitado legal y democráticamente por los promotores de la Iniciativa y por los ciudadanos que la han elevado a las Cortes con sus firmas. Este es el motivo de nuestra queja al Justicia de Aragón.
Ignoramos si la decisión tomada el pasado día 15 es jurídicamente recurrible, pero estamos seguros de que es democráticamente inaceptable. Los diputados y partidos que votaron en contra de la toma en consideración, trámite previo para el debate, usan una argucia procesal para rechazar y enmendar a la totalidad un texto que no se ajustaba a sus intereses. Pero además desprecian el esfuerzo democrático de la ciudadanía. Solicitamos que el Justicia se pronuncie sobre la validez jurídica y democrática de esta decisión que afecta al ordenamiento jurídico aragonés y a un derecho, la ILP, reconocido en el estatuto de autonomía y en la propia constitución.
Consideramos que el rechazo de la ILP del 15 de Diciembre es de una gravedad extraordinaria y conlleva dos importantes consecuencias. En primer lugar, se sustituye el debate propuesto sobre el desarrollo de la montaña y el uso de sus recursos, por el del respeto a las reglas de juego en una sociedad democrática, que es lo que distingue una sociedad civilizada de otra que no lo es. Parte del Parlamento aragonés, con su decisión, ha dejado literalmente en la calle a 30000 ciudadanos cuyas voces se empeña en no escuchar. A partir de ese momento el mismo Parlamento es menos representativo porque se burla de la opinión de un grupo suficientemente numeroso de sus electores a los que censura la libertad de expresión de sus ideas políticas y sociales y a su capacidad participar activamente en la vida política y legislativa de su región.
En segundo lugar la ley que regula las ILP ha quedado maltrecha. La ley reconoce el derecho de los ciudadanos a presentar iniciativas legislativas mediante un esforzado proceso de recogida de firmas con suficientes garantías legales para acreditar que la propuesta tiene un amplio respaldo ciudadano. Si se admite ahora que las Cortes puedan rechazar el texto sin debate, se está diciendo que el derecho de iniciativa legislativa está limitado a aquellas propuestas que sean del agrado del gobierno con mayoría parlamentaria suficiente, actuando a través de los grupos políticos que lo sustentan. Se atribuye un derecho que la ley no le otorga: el de vetar directamente, sin debate alguno, aquellas iniciativas ciudadanas que considere inadmisibles a sus intereses.
30000 ciudadanos han hecho los deberes ejercitando pacíficamente el derecho a discrepar de la política de su gobierno, los Sres. Diputados, una mayoría de ellos, han tirado a cesto de los papeles todo este trabajo, privando a los ciudadanos de la voz y la palabra. Por lo dicho hasta aquí creemos que la situación es muy grave desde el punto de vista de la ética democrática, por lo que precisaría de decisiones igualmente graves al respecto por parte de las Cortes y de la ciudadanía aragonesa. Si una mayoría de diputados considera que 30000 firmas avalando un texto legal concreto no merecen su atención, no representan nada, deberían someterse ellos al juicio popular porque su representatividad ha quedado en entredicho.
Por todas estas razones, solicitamos al Justicia de Aragón que inste a las Cortes de Aragón a formular una aclaración no solo legal, sino también democrática al respecto de la decisión que tomó el pasado día 15 de Diciembre y objeto de esta queja. En consecuencia, solicitamos que se adopten las medidas precisas para corregir la situación creada y para que la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para la Ley de Protección de la Alta Montaña de Aragón sea efectivamente debatida, enmendada y mejorada por las Cortes de Aragón.
2) La ausencia del Presidente de la Comunidad Autónoma, D. Marcelino Iglesias Ricou, en el Pleno de las Cortes del 15 de Diciembre durante la presentación de una Iniciativa Legislativa Popular.
La ausencia del Presidente de la Comunidad Autónoma, D. Marcelino Iglesias, en el Pleno de las Cortes del 15 de Diciembre, no tiene ninguna justificación y merece la máxima reprobación posible, no solo de los firmantes de esta iniciativa, sino de la ciudadanía aragonesa en general. Una Iniciativa Legislativa Popular en Aragón solo se produce cada cinco o seis años, hemos justificado, y la propia normativa legal así lo confirma, la importancia participativa y democrática de la misma. Como presidente de todos los aragoneses y del ejecutivo aragonés debería mostrar respeto y prestar atención hacia lo que una parte de la ciudadanía aragonesa está demandando. La inhibición de su Gobierno en materia medioambiental, y en particular en la protección del patrimonio natural que supone la Alta Montaña, ha sido uno de los aspectos que precisamente ha motivado el que esta Iniciativa Legislativa Popular llegara a las Cortes de Aragón. Su desprecio hacia los ciudadanos que han firmado la ILP es patente y pone de manifiesto que no ha actuado como el Presidente de todos los aragoneses. Solicitamos al Justicia de Aragón que inste al Presidente del Gobierno, D. Marcelino Iglesias Ricou, a ofrecer una disculpa pública por su ausencia en este importante acto de la vida democrática y política de Aragón.
3) Trato recibido en las Cortes de Aragón a los Promotores y Fedatarios de la “Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para la Ley de Protección de la Alta Montaña de Aragón
Se solicitó a los promotores de la ILP, con anterioridad a la celebración del Pleno del 15 de Diciembre de 2005, una lista con un máximo de 20 personas que podrían acceder a la tribuna de las Cortes el día del Pleno. El número de promotores, fedatarios y representantes de organizaciones que apoyan la ILP es bastante superior a este escaso número. Sin embargo no fue hasta el mismo día 15 de Diciembre cuando se comunicó el acuerdo definitivo de la Mesa de las Cortes: solo 5 invitaciones para la Tribuna del público. El resto de personas debería permanecer en el pasillo ante una pantalla de televisión con video.
La Tribuna de invitados y público, estuvo prácticamente vacía desde el inicio de la mañana y solamente se medio llenó con la llegada de jóvenes estudiantes de un colegio que permaneció en ella durante un breve espacio de tiempo.
Es incomprensible que la Mesa aceptase la visita de escolares el día en el que se debate la ILP e impidiese la entrada a las personas que han trabajado desinteresadamente y con tanta ilusión una iniciativa democrática de tan enorme calado.
Resulta indignante el trato recibido por parte de algunos partidos, integrantes de la Mesa de las Cortes, restringiendo el acceso de ciudadanos y ciudadanas que han dado sobradas muestras de civismo democrático al poner en marcha la iniciativa popular y recoger más de 30.000 firmas.
Exigimos la revisión del citado acuerdo de la Mesa por considerarlo antidemocrático, ya que su objetivo no era otro que impedir que unos ciudadanos asistieran como público a un Pleno donde se debía debatir un Proyecto de Ley impulsado por ellos. Queremos evitar que se repita de nuevo un hecho de estas características.
Convencidos de nuestros derechos pedimos que la Mesa de las Cortes rectifique públicamente y pida disculpas a la Comisión Promotora por el trato vejatorio que ha recibido.